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Cuotas en materia de acceso a la información y protección de datos personales para el ejercicio 2025

ARTÍCULO 59.- Tratándose de los servicios a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, se pagarán derechos conforme a las cuotas que para cada caso se señala, salvo en aquellos casos que expresamente se establezcan excepciones:

 

 

Salario Mínimo General Diario Vigente

I.            Por expedición de copias certificadas, constancias y cualesquiera otra certificación de documentos que expidan los Entes Públicos:

 

a)          Por la primera hoja:

.59

b)          Por las hojas subsecuentes, cada una:

.017

II.          Por expedición de copias simples:

 

a)          Por no más de 20 hojas:                      

EXENTO

b)          Por hojas subsecuentes, cada una:                    

.017 

III.        Por reproducción de copias en medios electrónicos:

 

a)          Discos magnéticos y CD, por cada uno:

.47

b)          DVD, por cada uno:

.34

 

Si el interesado aporta el medio magnético u óptico en el que será almacenada la información, la reproducción será sin costo. Lo anterior queda sujeto a la compatibilidad del medio magnético u óptico que aporte el solicitante y el equipo de reproducción o grabación con que cuente el Ente Público.

 

En el caso de reproducción de fotografías, cintas de video, audio casetes, planos, cartografía y, en general, todos aquellos medios o soportes derivados de los avances de la ciencia y la tecnología, en que obre la información pública solicitada, serán proporcionados o correrán por cuenta del interesado.

 

El envío de la información solicitada podrá realizarse por correo o paquetería, para lo cual los solicitantes que opten por estos servicios deberán cubrir los costos que correspondan según las tarifas vigentes que mantengan las empresas de mensajería establecidas y el Servicio Postal Mexicano, costo que deberá incluir en la resolución correspondiente y notificarse al interesado.

 

No se cobrarán costos de envío cuando el solicitante manifieste expresamente en su solicitud que se presentará personalmente a recoger la información solicitada.

 

Fundamento Legal

Ley de Hacienda del Estado de Campeche

Artículo 59





UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE CAMPEHE

Edificio Ah Kim Pech,
Avenida Adolfo Ruiz Cortinez, Número 18
por Avenida Luis Álvarez Barret,
Colonia Área Ah Kim Pech, C.P. 24014, 

San Francisco de Campeche, Campeche; México.

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